A partir del 6 de abril de 2022, se puede presentar la declaración de la Renta, o el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) correspondiente al año 2021. Millones de españoles están llamados a declarar sus ingresos, en un trámite obligatorio y que puede tener un resultado variable, en especial por el respeto que se le tiene a Hacienda y el papeleo que implica este trámite impositivo.
El sistema y la declaración anual
El impuesto sobre la renta español representa alrededor de un tercio de los ingresos del gobierno, y tanto los residentes como los no residentes están sujetos a impuestos sobre sus ganancias. Sus características son:
- El impuesto sobre la renta se divide entre el estado y las comunidades autónomas del país.
- Las tasas del impuesto sobre la renta oscilan entre el 19% y el 47%, y la tasa a pagar se divide en seis intervalos según los ingresos totales.
- Sin embargo, algunas de las CCAA eligen establecer sus propias bandas y tasas impositivas, por lo que su factura total de impuestos sobre la renta variará según el lugar del país en el que vivas.
Antes de presentar una declaración del impuesto sobre la renta, primero necesitarás un número de identificación fiscal obligatorio (número DNI o NIE), que rastrea las actividades financieras y legales en España, como los servicios, las hipotecas o los préstamos.
Incluso si no vives en España durante todo el año, podría ser considerado residente a efectos fiscales. Debe tributar por el Impuesto sobre la Renta como residente en España quien cumpla alguno de los siguientes requisitos:
- Pasas más de 183 días por año natural en España. Las ausencias esporádicas se consideran días de presencia en España salvo que puedas acreditar tu residencia fiscal en otro país o territorio.
- Tienes intereses empresariales o económicos situados directa o indirectamente en territorio español.
- Tiene un cónyuge o hijos a cargo que son residentes fiscales en España.
El borrador y el resultado del IRPF
La renta se tramita desde hace unos años mediante borrador web, por internet 100%, sólo necesitas tener un certificado electrónico o una Cl@ve Pin (Hacienda te emite éstas de forma gratuita) para identificarte.
El borrador de la renta es el modelo 100 cumplimentado por Hacienda con los datos que se disponen de tus ingresos: normalmente figuran en él las nóminas, las facturas y otros ingresos como los alquileres o los ingresos por inversiones bancarias.
Una vez hayas revisado que todo esté conforme, podrás enviar y confirmar el borrador. Si el resultado es positivo, significa que tendrás que pagar, y puedes domiciliar este pago en tu cuenta bancaria. Si el resultado es negativo, significa que Hacienda te devolverá ese dinero, por lo que deberás indicar la cuenta bancaria donde deseas recibirlo.